Las obras en una vivienda es uno de los motivos que más conflictos puede generar entre los vecinos.

Para evitar problemas y malos entendidos, lo mejor es conocer el horario en el que se puede hacer obras en un inmueble. Este horario está regulado en las ordenanzas de protección del medio ambiente urbano del municipio en cuestión y en la Ley de Propiedad Horizontal.

En el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal se explica que cualquier propietario de una vivienda o local puede realizar obras para modificar elementos arquitectónicos, servicios e instalaciones, siempre que no afecte a la seguridad del propio edificio, ni estructural ni exteriormente, o pueda perjudicar a los derechos de los demás propietarios. Además, debe dar aviso de dichas obras previamente al presidente de la comunidad.

Te indicamos algunas cosas de lo que está prohibido y lo que no en estas situaciones:

*no se puede alterar la seguridad ni configuración o estructura del edificio, tanto en la parte interior como en la exterior.

*no se deben perjudicar los derechos de otros propietarios.

*hay que conocer la legislación local para saber si necesitamos algún permiso o licencia municipal.

En cuanto al horario, las ordenanzas municipales son quienes determinan los niveles de ruido permitidos y los horarios.

Por lo general, el horario permitido para poder trabajar es de lunes a viernes, de 8:00 a 21:00 horas, y para los sábados y domingos, de 9:30 a 21:00 horas. Este horario es orientativo, ya que se puede establecer otro horario si así lo decide la comunidad de propietarios del inmueble, siempre que esté justificado.